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miércoles, 6 de septiembre de 2017

SEPTIEMBRE DE LUCHA , DEFENSA GREMIAL Y REIVINDICACIONES SOCIO ECONÓMICAS DE LEY






CONCENTRACION 
Por los derechos laborales y de proteccion
de los derechos de seguridad fisica, psicologica  e integridad  moral.
de todos agremiados y sus dirigentes a nivel nacional 
como tambien garantizar el acceso a medicamentos, suministros, personal
a la población.














REQUISITOS PARA FEDERAR TÍTULOS
 UNIVERSITARIOS Y CARTA AFILIACIÓN
 PARA SU INTERNACIONALIZACIÓN.







Tomado de las Naciones Unidas
Recopilación de reglas y normas de las Naciones Unidad en la  esfera de la prevención del delito y la justicia penal

392 Recopilación de reglas y normas de las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal
__________________
* Resolución 51/59 de la Asamblea General, anexo.

54. Código Internacional de Conducta para los titulares de cargos públicos*
I. PRINCIPIOS GENERALES
1. Un cargo público, tal como se define en el derecho interno, es un cargo de confianza, que conlleva la obligación de actuar en pro del interés público.
Por consiguiente, los titulares de cargos públicos serán ante todo leales a los intereses públicos de su país tal como se expresen a través de las instituciones democráticas de gobierno.
2. Los titulares de cargos públicos velarán por desempeñar sus obligaciones y funciones de manera eficiente y eficaz, conforme a las leyes o las normas administrativas, y con integridad. Procurarán en todo momento que los recursos públicos de que sean responsables se administren de la manera más eficaz y eficiente.
3. Los titulares de cargos públicos serán diligentes, justos e imparciales en el desempeño de sus funciones y, en particular, en sus relaciones con el público. En ningún momento darán preferencia indebida ni discriminarán impropiamente a ningún grupo o individuo, ni abusarán de otro modo del poder y la autoridad que les han sido conferidos.

II. CONFLICTOS DE INTERESES E INHABILITACIÓN
4. Los titulares de cargos públicos no utilizarán su autoridad oficial para favorecer indebidamente intereses personales o económicos propios o de sus familias. No intervendrán en ninguna operación, no ocuparán ningún cargo o función ni tendrán ningún interés económico, comercial o semejante que sea incompatible con su cargo, funciones u obligaciones o con el ejercicio de éstas.
5. Los titulares de cargos públicos, en la medida que lo requiera su cargo y con arreglo a las leyes o a las normas administrativas, declararán sus intereses económicos, comerciales o financieros, o sus actividades con ánimo de lucro que puedan plantear un posible conflicto de intereses. En situaciones de posible o manifiesto conflicto de intereses entre las obligaciones públicas y los intereses privados de los titulares de cargos públicos, éstos acatarán las disposiciones establecidas para reducir o eliminar ese conflicto de intereses.
6. Los titulares de cargos públicos no utilizarán indebidamente en ningún momento dinero, bienes o servicios públicos o información adquirida en el cumplimiento o como resultado de sus funciones públicas para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales.

7. Los titulares de cargos públicos acatarán las disposiciones establecidas con arreglo a la ley o a las normas administrativas con miras a evitar que una vez que hayan dejado de desempeñar sus funciones públicas aprovechen indebidamente las ventajas de su antiguo cargo.

III. DECLARACIÓN DE BIENES
8. Los titulares de cargos públicos deberán, en consonancia con su cargo, y conforme a lo permitido o exigido por la ley y las normas administrativas, cumplir los requisitos de declarar o revelar sus activos y pasivos personales, así como, de ser posible, los de sus cónyuges u otros familiares a cargo.
IV. ACEPTACIÓN DE REGALOS U OTROS FAVORES
9. Los titulares de cargos públicos no solicitarán ni recibirán directa ni indirectamente ningún regalo u otros favores que puedan influir en el desempeño de sus funciones, el cumplimiento de sus deberes o su buen criterio.
V. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
10. Los asuntos de carácter confidencial de que tengan conocimiento los titulares de cargos públicos se mantendrán en secreto a menos que la legislación nacional, el cumplimiento del deber o las necesidades de la justicia exijan estrictamente lo contrario. Tales restricciones seguirán siendo válidas  otras el abandono de la función pública.
VI. ACTIVIDADES POLÍTICAS
11. Las actividades políticas o de otra índole que realicen los titulares de cargos públicos fuera del ámbito de su cargo no deberán, de conformidad con leyes y las políticas administrativas, mermar la confianza pública en el desempeño imparcial de sus funciones y obligaciones.

Fuente: ONU


NOTA DE SEGURIDAD.

En relación de los últimos eventos que enfermeras y enfermeros  están comprometidos con la seguridad e integridad moral y ética, estamos ocupados  en entender y atender  este incremento puntual, por lo tanto ya asumimos el acceso de nuestra orientación , asesorías gremial, administrativa y legal a  colegas que laboran en instituciones de salud públicos y privados   y que nos es ajeno otros miembros del equipo de salud  .

En esa linea de trabajo establecemos algunas acciones que debe tomar las enfermeras y enfermeros, para evitar que sean señalados.

La situación actual  de los hospitales y ambulatorios en crisis,  han roto los procesos de normalidad y formalidad  de recibe y entrega de  equipamientos  , suministros de materiales o medicamentos suficientes , para la atención de pacientes  es casi inexistentes donde tenemos estos aspectos que dentro el tiempo aparecerán otras más:

**Pacientes y familiares  han de llevar y entregar medicamentos y suministros  para que sean cumplidos   el plan de atención de enfermería, mas indicaciones medicas u otras terapéuticas. 

**Esta situación coloca a enfermería en una situación vulnerable por cuanto que no hay una normativa que regule y monitorice este proceso extraordinario.

**Por lo tanto  las enfermeras no se deben recibir directamente medicamentos  o suministro  de pacientes ,familiares donde la institución debe instrumentar  el proceso de recepción , custodia y entrega  del mismo .

**Orientar a los familiares y pacientes que deben presentar a seguridad de  accesos de las instituciones de salud los materiales y medicamentos  con respectiva factura   con su recipe médicos bien identificado con fecha , nombre legible y sello , esta normativa se aplica por igual a todo el equipo de salud.

**En la evolución de enfermería indicar  el origen de los suministros y medicamentos administrados o usados .

**Las enfermeras y enfermeros NO deben indicar sitios o personas que les puedan suministras estos materiales  o medicamentos, solo establecer que se acerque a las farmacias y distribuidoras de su confianza.

**Al entrar y salir  es obligatorio revisar y asegurarse que  su cartera , bolsos , prendas de vestir o cualquier otros material de trasporte  NO contenga ningún material o medicamentos ya que en el trajinar  diario en lo mayoría estresantes por olvido se les puede quedar .

**Al acompañar a pacientes , familiares o amigos de alta  no cargar sus objetos personales,  ya que se les puede incriminar que dentro de estos se encuentran medicamentos y suministros como tampoco de sus compañeros sin previa revisión. 

**En caso que se encuentre en una situación incomoda de una incriminación solicitar ser acompañado por testigos e inmediatamente notificar a sus jefes de su situación , redactar en breve un informe,con copia debidamente firmada  de acuse de recibo, como también realizarlo en el libro de entrega de guardias o de informes.

**Para  el equipo administrador de enfermería en estas instituciones velar y ser garantes que se siga el debido proceso administrativo y bien sustentados   , evitar el atropellos de nuestras (os) enfermeras (os) , ante dudas igualmente comunicarse con nosotros y realizar sus informes diariamente o cuando sea necesario que no tienen recursos de suministros médicos o tratamiento farmacológico para cumplirlo si el caso se presenta a ente una averiguación de mala praxis medica u otro tipo situación  este debe ser sustentado.

**Asegurarse que se establezca  el debido proceso para funcionarios públicos. en caso que este procesada para una averiguación, si estima que son violados sus derechos y seguros que cumples con sus deberes, ponerse en contacto con el delegado institucional o acercarse a nuestra sede con el informe del mismo o llamar al 0261-7514362 Fax: 0261-7593377

**En los casos no establecidos aquí en estas orientaciones,deseamos su colaboración compartirlo las suyas  como  otras sugerencias  enviarnos por nuestro correo  cpenfermeria.zulia(arroba).com o al numero  0261-7514362 Fax: 0261-7593377